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sábado, 23 de junio de 2012

Sexting.

Sexting.




El sexting es una conducta “experimental”, en su mayoría menores de edad que estaban en una relación romántica o que buscaban atención sexual, posan para sus celulares con besos romanticos-eroticos, poses enviando besos, mostrando escote o inclinando el cuerpo a fin de lograr una pose sugerente con sus traseros son algunas de las prácticas del sexting.

Basta con tener contactos adolescentes en Facebook y ver algunas fotografías como estas, donde se encuentran muchas imágenes sugerentes que atentan contra la dignidad de los jovenes.

Como los adolescentes saben que lo que hacen no esta del todo bien, la mayoría de fotos de Sexting son realizadas en "la intimidad cel cuarto de baño, sanitario, WC, o cualquier sinónimo y no es raro ver a una chica jovencita en pose sexi con un sanitario al lado.

El término sexting, que en español equivaldría a “sexteando”, se usa para referirse a la práctica de hacerse fotos o videos con poca ropa o en poses “sexys” y enviarlos por celular o subirlos a Internet, todo con el fin de ligar, conocer gente o tener más amigos en las redes sociales. En pocas palabras, ser más popular.


El Sexting es una realidad y aquel que tiene hijos menores de edad lo puede comprobar. Su réplica ha venido de la mano de las nuevas tecnologías de la información y comunicación.
Esta práctica habitual entre adolescentes consiste en el envío de contenidos eróticos (fotos o videos generados por ellos mismos) a otras personas mediante teléfonos móviles, correo electrónico, redes sociales o webcam con chat incluido.


Son los propios adolescentes quienes se filman o se fotografían y distribuyen imágenes de alto voltaje entre sus amigos sin tener conciencia del alcance
En muchas ocasiones estos contenidos llegan a manos de pedófilos, quienes mediante su utilización pueden llevar adelante acciones de extorsión (sextorsion) amenazando con exhibir dicho material a los padres o amigos de los jóvenes involucrados. La extorsión puede arrojar, en algunos casos, daños a la integridad moral y psíquica de las víctimas.
Esta modalidad de exposición personal requiere una debida concientización de los padres y un acertado compromiso de las autoridades escolares para su consideración "en clase".
La intimidad y la integridad de los jóvenes involucrados están en juego. Ello sin perjuicio de la repercusión que dichos contenidos (fotos en particular) podrán generar en el futuro laboral de los interesados: no olvidemos que en la actualidad una búsqueda laboral supone un "previo googleo del candidato" y cuando las fotos colgadas on line no son felices las posibilidades laborales se diluyen como agua entre las manos.

La extorsión puede arrojar, en algunos casos, daños a la integridad moral y psíquica de las víctimas.


El sexting tiene, en muchos casos, directa vinculación con la usurpación de identidad digital. Bajo esta modalidad delictiva (aún no legislada) es usual que un pedófilo "se haga pasar por otro" (generalmente un personaje reconocido en el mundo de la moda o del espectáculo), y mediante la identidad usurpada lleve adelante las acciones de extorsión. La identidad falsa facilita el contacto con el menor que proporciona al pedófilo el contenido (fotos y videos) que luego será utilizado para extorsionarlo.
En la actualidad, existe un proyecto de ley presentado en el Congreso de la Nación por los senadores María de los Angeles Higonet y Carlos Alberto Verna que incorpora al Código Penal el art. 138 bis con la figura de la suplantación de identidad digital (Proyecto S-1312/12) y establece penas que van de 6 meses a 3 años de prisión para aquel que creare o utilizare la identidad de otra persona a través de Internet o cualquier otro medio electrónico para dañar, extorsionar, injuriar o amenazar a otro.
El proyecto que comentamos, en caso de convertirse en ley, si bien no podrá operar como una "solución mágica" para este tipo de problemáticas, sin duda aportará una herramienta legal que permitirá a los jueces sancionar este tipo de conductas con un figura penal adecuada a los casos concretos que presenta la realidad.


Por otro lado, sería conveniente que junto a la legislación específica se considere la creación de un centro de atención a las víctimas con los recursos y personal capacitado necesario para la investigación y persecución de estos delitos informáticos junto con una Fiscalía o unidad de investigación especializada en estas problemáticas, que pocos funcionarios judiciales conocen en atención a la celeridad y nuevas modalidades delictivas que ofrece el universo de Internet.
El problema es que cuando el remitente envía las imágenes se expone a que el receptor haga con ellos lo que quiera y pierde el control del contenido completamente y se difundan masivamente estos contenidos. Puede ocurrir sin mala intención, ya que a veces para mostrar a los amigos un/a novio/a, coqueteo y lucirl@ pues envía una foto que se supone que no deberían enviar, extendiéndose la imagen cada vez entre más gente y llegando a personas para las que no fue tomada.

A los adolescentes:

¡No te expongas!

  • Como ya viste, esto no es un juego, así que es muy importante que seas consciente del peligro que esta tendencia implica y que tomes tus precauciones.
  • Obviamente lo fundamental es no generar la imagen. Piensa que una vez que la envías a alguien se pierde el control para siempre: no sabrás quien la puede acabar viendo, ni dónde o cuándo puede aparecer o ser publicada.
  • Por otro lado, debes tener muy claro que el hecho de que te envíen una foto o un video de este tipo no significa que puedas disponer libremente de ella. Recuerda que esto afectará a alguien más y, además, si quien protagoniza la escena es un menor de edad, las consecuencias legales pueden ser muy graves.
  • Mónica Masoch.
  • www.cyonar.com.ar